Claudio Agostini

Colusión, eficiencia y equidad: sancionemos per se

En una entrevista en un diario hace un par de semanas me sorprendió leer las declaraciones de un connotado abogado decía que “la simple colusión no debe ser penalizada” ya que “coludirse no puede ser sino una forma de actuar” y lo importante es saber si “realmente hay perjuicios a terceros”.

Por: Claudio Agostini | Publicado: Jueves 7 de abril de 2011 a las 05:00 hrs.
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En una entrevista en un diario hace un par de semanas me sorprendió leer las declaraciones de un connotado abogado decía que “la simple colusión no debe ser penalizada” ya que “coludirse no puede ser sino una forma de actuar” y lo importante es saber si “realmente hay perjuicios a terceros”. Más allá de las legítimas diferencias de enfoque que pueden existir entre la economía y el derecho respecto a la colusión, creo que es importante debatir respecto a la frecuencia y gravedad que tienen los acuerdos colusivos y según eso decidir las medidas disuasivas para impedir su ocurrencia y la magnitud de las sanciones para cuando efectivamente ocurra.



La libre competencia tiene muchas virtudes. La principal es que garantiza la eficiencia económica, permitiendo que los distintos recursos escasos que disponemos se destinen al uso más valorado entre todos los usos posibles. Como resultado, las empresas pueden acceder a los insumos que necesitan y los consumidores pueden acceder a una gran variedad de bienes y servicios al menor precio posible dados los costos de producirlos. El resultado final es que aumenta el crecimiento económico y mejora la calidad de vida. Hasta ahí todo bien, pero las empresas tienen grandes incentivos para reducir o suprimir la competencia en los mercados en que venden sus productos. Sin duda, la vida es más fácil sin competidores que ofrezcan los mismos productos a precios más bajos o de mejor calidad. Una forma de reducir o eliminar la competencia es coludirse. La colusión destruye todos los beneficios de la competencia y por eso desde la economía es considerada un problema grave que hay que tomarse en serio. ¿Qué tan grave? La evidencia que ha presentado por años el premio nobel Edward Prescott es que gran parte de las diferencias existentes en el ingreso per cápita entre los países más ricos y los más pobres se deben fundamentalmente a conductas anticompetitivas en los países más pobres. La evidencia que tenemos es que la falta de competencia no sólo reduce el crecimiento económico, sino que además empeora significativamente la distribución del ingreso en el tiempo. Por razones de eficiencia y también de equidad entonces debemos buscar mecanismos que desincentiven fuertemente las prácticas anticompetitivas y sancionar a los culpables de cometerlas.

Dentro de las conductas anticompetitivas, la colusión es sin duda la peor de todas. No existe un modelo teórico en economía ni menos aún evidencia empírica que muestre algún caso en que la colusión tenga efectos positivos. Por eso es que en países desarrollados esta “forma de actuar” se sanciona per se. No hay que demostrar daño a terceros, basta con demostrar que hubo acuerdo en subir precios. En ese sentido el delito de colusión es como una luz roja, la multa ocurre por pasar con luz roja independiente de si se atropelló a alguien o no. Las sanciones, sin embargo, además de monetarias incluyen penas de cárcel no sólo por lo grave que se considera la falta sino porque ha probado ser el mejor disuasivo para que las empresas no se coludan. En este sentido, la colusión es peor que la luz roja, ya que no casi no existe el caso en que no se atropella a alguien al cruzar con roja y por eso la pena es una multa alta y además cárcel. Por eso es que creo firmemente que en Chile, al igual que en países desarrollados, los acuerdos de precios deben ser ilegales per se, es decir, basta con que se demuestre que hubo un acuerdo en precios para que automáticamente se declare culpable a los involucrados. Si además quiénes se coludieron terminan efectivamente unos pocos días en la cárcel, aún mejor, con eso lograremos que la colusión deje de ocurrir que es lo importante.

La pregunta final es cuál será la magnitud de este problema en Chile. A lo mejor no estamos ahogando en un vaso de agua. Obviamente no hay datos de acuerdos colusivos existentes. Sin embargo, una encuesta del Diario Financiero en el año 2009 a 54 abogados de los mejores estudios de la plaza el 44,7% de los encuestados dice que la colusión es frecuente o muy frecuente en Chile. El porcentaje es impresionantemente alto dado que es la opinión a partir de lo observado por estos abogados en el ejercicio de su profesión. Creo que hace rato llegó el momento de que nos tomemos la colusión como lo que es: algo grave que hay que castigar fuertemente y no “una forma de actuar” que sólo se sanciona si se comprueban daños.

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